La compensación económica se trata de una figura jurídica novedosa que regula el Código Civil y Comercial de la Nación, la misma puede definirse como un derechopersonal reconocido al cónyuge al que el divorcio le produce un empeoramiento en la situación económica que gozaba en el matrimonio, teniendo por finalidad reparar el desequilibrio que provoca el cese de la comunidad de vida en común, sea por el divorcioo el cese de la unión convivencial, y evitar que el divorcio produzca un enriquecimiento de uno de los cónyuges en desmedro del empobrecimiento del otro. Su finalidad es “corregir el injusto desequilibrio que se produce entre los miembros de la pareja”, si bien no se trata de un derecho inherente al momento de contraer matrimonio, por su característica esencialmente no alimenticia, debe determinarse según se presenten o no los supuestos para su procedencia.