I. Con la sanción de la ley 26.994 se pueden visualizar efectos no deseados por el nuevo codificador, como la desprotección en la que se encuentran los herederos forzosos en cuanto a su legitimación activa para interponer las acciones de Colación y Reducción por el cómputo de la prescripción contemplada en el artículo 2459 CCyCN.
II. Garantizar la igualdad de los coherederos forzosos solo puede ser real si contamos con acciones de protección de la legítima que no desvirtúen tal finalidad.