De lege lata: el art. 2386 del Código Civil y Comercial ha zanjado la historia discusión doctrinaria y jurisprudencial vinculada a si las donaciones hechas a herederos legitimarios o forzosos podían ser objeto de la acción de reducción o complemento si excedieran la porción legitima, o si sólo podían ser objeto de la acción de colación, inclinándose el legislador por la primera opción. Esta norma trae innumerables consecuencias en el tráfico comercial por la particular impronta proteccionista que tiene la acción de reducción.