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Entre las funciones básicas que las administraciones tributarias asumen y normalizan su organización se mencionan las que regulan el sistema operativo: recaudación, cobranza y fiscalización. A medida que se amplían las expectativas económicas de una nación, cambian sus objetivos políticos, a medida que su industria crece, se diversifica y desplaza geográficamente ello, sumado a la incorporación de tecnología altera la política tributaria. En este sentido para que se produzcan cambios en esta última, las Administraciones Tributarias deben evolucionar con ella. El objetivo de este trabajo es analizar la sensación de riesgo que se genera en los contribuyentes como elemento disuasivo de conductas antijurídicas del ámbito tributario. Para ello, se expondrá el accionar de la Administración Tributaria Provincial del Chaco, analizando su Política Tributaria, el encuadre legal de los tributos que recauda y la sensación de riesgo que genera en los contribuyentes a fin de lograr que la función Recaudación se realice de manera eficiente y eficaz, como paso necesario para lograr un presupuesto equilibrado que permita el logro de las metas. Se realizó un análisis comparado de la Ley Nº 11.683 de Procedimiento Tributario y Ley Nº 83-F Código Tributario de la Provincia de Chaco, con el fin de contrastar las atribuciones otorgadas por estos textos legislativos a las correspondientes administraciones tributarias y la interacción entre la Administración Federal de Ingresos Públicos y la Administración Tributaria Provincial del Chaco, que contribuyen en la generación de sensación de riesgo. Se desprende de los textos analizados, que su estructura es distinta, las facultades otorgadas son similares, con algunas diferencias relacionadas con la duración de los plazos, las presunciones legales y las infracciones tributarias. Se entiende por sensación de riesgo: la percepción que tiene el contribuyente respecto de una administración tributaria presente, que detecte, demuestre, sancione y tenga la capacidad de forzar el cumplimiento de las obligaciones tributarias que no hayan sido satisfechas en tiempo y forma. Durante la etapa empírica se relevó la sensación de riesgo percibida por los asesores tributarios de los contribuyentes de la Provincia del Chaco, mediante una encuesta de 14 preguntas. Posteriormente se analizó el resultado de cincuenta (50) participantes con el fin de analizar la generación de riesgo a nivel provincial. Los resultados se refieren a recaudación tributaria nacional y provincial sobre: presentación de declaraciones juradas (DJ) mensuales, oportunidad y prioridades, orden en el pago, multas, celeridad del reclamo y del cobro, aplicación de la Ley Penal Tributaria como también percepción sobre la calidad técnica de los organismos fiscales. Asimismo, de la comparación de montos de las multas por deberes formales (sin considerar comercio internacional) contenidas en la norma nacional, no se observan montos significativamente mayores de una norma con respecto a la otra. La omisión del pago de un tributo sin que exista dolo, genera multa, siendo más elevada a nivel nacional. En tanto que, el caso de la sanción material por infracción fiscal (Chaco) y defraudación fiscal (Nación), la legislada a nivel provincial es más gravosa. Para los agentes de retención y percepción, que hayan mantenido en su poder dinero retenido, con posterioridad a la fecha de vencimiento, se sanciona con multa por infracción o defraudación fiscal, en ambas normativas. A partir del análisis teórico-empírico realizado, se ha podido afirmar que: resulta fundamental la implementación de estrategias de resolución de conflictos, gestión de calidad de procesos, contar con información oportuna y los recursos adecuados, comunicando en forma transparente los logros de la gestión y de las implicancias de las decisiones relacionadas con las políticas tributarias. En este sentido es fundamental la modernización del Estado y fortalecer el sistema presupuestario público a fin de lograr mayores y mejores indicadores de eficiencia y eficacia de la gestión pública y fundamentalmente que los funcionarios de las administraciones tributarias puedan diseñar y administrar de manera justa y eficiente los procesos de índole presupuestaria. Dado que una administración tributaria eficaz depende, entre otras cuestiones, de su capacidad para convencer a los contribuyentes que el impuesto se está administrando en forma efectiva y que existe relación entre el pago de impuestos y los beneficios recibidos del gasto público, revistiendo en este punto una importancia significativa la formulación y ejecución adecuada del presupuesto público.
Eje temático Sector público, E-government y accountability.