No hace mucho leía yo en una simpática e ilustrada publicación de Buenos Aires, una carta fechada en Londres y firmada por don Luis B. Tamini, en la cual este escritor mantenía la tesis de que, «según el derecho público de España, las colonias pertenecían al soberano y no a la nación española, y ése las gobernaba por medio de sus agentes reales». «El soberano -añadía el señor Tamini en la aludida carta- era absoluto y lo fué hasta Fernando. VII, y la nación estaba privada de esas prerrogativas que, al par que dan autonomía a un pueblo, importan también responsabilidad.»