Este trabajo parte desde la necesaria crítica que debe realizarse al modelo de Justicia tradicional, en referencia a la satisfacción o efectividad que se puede obtener en la resolución de conflictos, cuando se propone abordar un fenómeno social tan complejo como es la violencia intrafamiliar y de género. El Sistema Judicial no busca regenerar los lazos sociales, sino que, a través de su lógica adversarial, los disuelve, potenciando y agravando el conflicto, siendo siempre un tercero el encargado de resolver, y de esta forma posiciona a las partes desde los opuestos, limitando o negando el encuentro, la cooperación, la pacificación y la regeneración del tejido social (Fava; 2021). De esta manera, no sólo suelen obtenerse resultados muy lesivos a los derechos y dignidades de las personas, sino que también se genera otra consecuencia igualmente perjudicial y dañina, como es la expropiación de los conflictos interpersonales (Calvo Soler; 2018). Una vez denunciados los conflictos frente al sistema judicial se genera una profunda marginalidad de las partes. Las partes son representadas y son sus representantes y los jueces quienes expresan las posiciones y necesidades de cada una de ellas, juzgando, en definitiva, en representación de los intereses de toda la sociedad (Nils Christie; 1977).
¿Cómo se puede lograr una transformación social y cultural, tan necesaria en nuestros días, si las personas no pueden participar, tomar consciencia y decidir sobre sus propios problemas? El paradigma de la Justicia Restaurativa propone una manera totalmente diferente de dar tratamiento a los conflictos interpersonales, intentando superar la respuesta burocratizada y violenta que hoy en día es característica de nuestro Sistema Judicial.