Los derechos sociales, legislados en nuestra Constitución Nacional, actúan como protectores y facilitadores de normas dirigidas a las personas de una sociedad, para que éstas puedan desarrollar su vida de manera digna, en presencia de tres principios rectores: autonomía, igualdad y libertad. Vinculado a los derechos sociales, encontramos al derecho de acceso a la vivienda digna, y este será nuestro punto de partida.
La vivienda si se conceptualiza meramente por lingüística, refiere a un lugar cerrado y cubierto construido para ser habitado por personas pero cabe preguntarnos si es un concepto suficiente para un derecho de esta índole. Podríamos decir que lugares cerrados y cubiertos construidos para ser habitados por personas hay muchísimos, pero dentro de ellos pocos serán los que se pueda considerar que cumplen con las condiciones de una vivienda digna. ¿Cuántos de estos otorgarán a quienes lo habitan la sensación de permanencia propia de una vivienda? ¿Cuántos contarán con las comodidades -no hablamos de lujos, sino meras comodidades - necesarias? La presente ponencia busca abordar y desarrollar como uno de los derechos sociales y humanos fundamentales se circunscribe en nuestra normativa tanto desde su importancia como derecho fundamental, como su influencia de factor de desarrollo humano.