Uno de los problemas que más han interesado a los filósofos de diferentes áreas ha sido la distinción entre normatividad y facticidad. El traslado de esta pregunta al campo de la filosofía del lenguaje, determinada por el giro lingüístico, nos ha llevado a interesarnos por las diferencias entre oraciones o juicios normativos –esto es, aquellas que incluyen expresiones como “debe”, “correcto”, “bueno”, etc.- y oraciones o juicios fácticos, entendidos generalmente como aquellos que describen la realidad extralingüística.
Una de las posiciones para los interesados en esta cuestión es el antifactualismo: esta postura o familia de posturas presupone que hay una división interesante a realizarse entre las oraciones o usos de expresiones lingüísticas que nos hablan del mundo (las oraciones fácticas, o los usos fácticos del lenguaje) y aquellas con las que hacemos otra cosa, las oraciones prescriptivas o normativas. Estas oraciones, a diferencia de las primeras, pueden definirse por la negativa: son oraciones no fácticas, en tanto no hay hechos normativos en el mundo que determinen una única respuesta a la pregunta por la bondad o corrección de las acciones humanas. Cuando emitimos una de estas oraciones no estamos describiendo el mundo, estamos haciendo otra cosa.