Entre los cambios en la institución matrimonial pueden reconocerse una progresiva equidad y “neutralización de los géneros” en el matrimonio (Chauncey, 2004). En Argentina un proceso de democratización de la intimidad acompaña la reconstitución del estado de derecho. El cambio en el status legal de la mujer casada va mutando desde el Código Civil de 1869, donde esta era dependiente de su marido para fijar domicilio, administrar los bienes comunes e incluso los de la herencia, hasta arribar hacia 1985 a un escenario de creciente equidad de los roles maritales con los debates en torno al divorcio, la equiparación de derechos de hijos naturales y los cambios en el régimen de patria potestad. Estos debates van acompañados por una declinación parcial de la injerencia religiosa en el matrimonio, pero también por una reubicación del mismo como condicionante de la distribución de beneficios estatales y privados. Más aún, con el desmantelamiento del Estado de Bienestar, la estructuración familiar es en los noventa criterio rector de las políticas focalizadas.
(Párrafo extraído del texto a modo de resumen)