En el presente trabajo abordaremos un aspecto del derecho que protege, uno de los rasgos fundamentales de la personalidad del hombre, por su trascendencia individual y su proyección social, el derecho a la intimidad. No es tarea fácil definir el derecho a la intimidad, debido a las variadas situaciones que comprende y a lo amplio de su significado. Algunos, como Romero Coloma, lo definen como "el derecho de toda persona a tener una esfera reservada en la cual desenvolver su vida, sin que la indiscreción ajena tenga acceso a ella". En la doctrina nacional, encontramos el concepto dado por Matilde M. Zavala de González, quien señala: "El derecho a la intimidad es, entonces, el derecho personalísimo que protege la reserva espiritual de la vida privada del hombre, asegurando el libre desenvolvimiento de ésta en lo personal, en sus expresiones y en sus afectos".