La acción de planeamiento y ordenamiento ambiental bonaerense como instrumento de política ambiental, especialmente en relación a los agroecosistemas, son objetivos de las políticas públicas de la provincia y ejercida por ésta , en el marco del art. 124º de la C.N., dentro de su jurisdicción político administrativa; esta acción colisiona con los límites territoriales impuestos por la naturaleza que no coinciden con aquélla desatando una frustrante acción pública que debe ser superada mediante acuerdos federales y bajo principios financieros, técnicos, operativos y jurídicos uniformes en suelos y aguas. Para preservarlos, el enfoque de la gestión debe ser por unidad agroambiental de cuenca o región hidrográfica e hidrogeológica en el marco de realidades ambientales, productivas, económicas y sociales que posibiliten su viabilidad y materialización operativa.