Las inundaciones que periódicamente se producen en el ámbito de las cuencas hídricas de la Provincia de Buenos Aires, agravadas por la creciente ocupación humana de los valles de inundación y de las riberas fluviales, constituyen un gravísimo impacto que origina principalmente grandes conflictos sociales y pérdida de bienes.
En los últimos tiempos las precipitaciones se han incrementado, alcanzando promedios de precipitación anual de 1.100 mm, lo que sumado a eventos meteorológicos y climáticos como la Corriente del Niño, provocan gran concentración de precipitaciones de alta intensidad que terminan por colapsar los sistemas de macro y micro drenajes existentes, tornando necesario adoptar medidas para la previsión, predicción y control de avenidas.
Así, a través de la Ley 14.540 (B.O. del 23/9/13 Nº 27746 - Suplemento) se crea la servidumbre administrativa de ocupación hídrica en favor del estado provincial y se declara de utilidad pública y sujeto a la misma a todo inmueble del dominio privado situado en cualquier lugar de la provincia, que como consecuencia directa de obras expresamente aprobadas por la autoridad de aplicación resultara ocupado parcial o totalmente mediante el almacenamiento temporario de una masa de agua proveniente de excesos hídricos, con el fin de mitigar los efectos de las crecidas de los cursos o cuerpos de agua (art 1°).