La reforma introducida al Código Veleziano por la ley 17.711/1968 añadió a la noción de divisibilidad física de las cosas, la de indivisibilidad jurídica o por ley. De tal modo que a partir de ese momento la tierra tuvo un límite a su división, tanto por actos entre vivos como por causa de muerte, cuando la misma tornara antieconómico su uso y aprovechamiento. Esa misma reforma facultó a las provincias para reglamentar la superficie mínima de la unidad económica. El decreto reglamentario 3.872/2014 de la ley santafesina 9.319/1983 de unidad económica, se hace eco de los numerosos reclamos del sector agropecuario provincial. Por otra parte, y también vinculado a la producción agropecuaria de la provincia, el reciente decreto 2.506/2015 ha creado el Registro Provincial de Contratos de Maquila.