La consagración a nivel universal del derecho ambiental resultó contemporánea con el proceso de reforma constitucional que tuvo lugar en nuestra provincia en el año 1994. Fuentes de diferentes ámbitos corroboran tal coincidencia y concurren en afirmar que el período entre 1972 y 1992 sirvió para evidenciar la problemática ambiental y las dificultades jurídicas para enfrentarla, como también para germinar un sinnúmero de usinas de ideas que intentaron proponer cambios, institutos, principios y concepciones nuevas.
Ya he señalado (Pastorino, 2005) antecedentes previos en el derecho internacional, los primeros vinculados a cuestiones que llamamos de una concepción más romántica en relación a la naturaleza, como también a la resolución de conflictos específicos en ámbitos restringidos como el campo de los recursos compartidos y, más cerca, aquellas de la contaminación transfronteriza. Hacia finales de los años sesenta, muchas cuestiones vinculadas con la revolución industrial, la revolución verde y con derrames de petróleo resaltaron los vínculos de los impactos ambientales causados por las nuevas tecnologías con la salud de la población, de los ecosistemas, de la fauna y de la flora. Es por ello que los años señalados, con sus hitos significativos en las Conferencias de Naciones Unidas sobre el Ambiente, en Estocolmo y sobre Ambiente y Desarrollo en Río, pasando por la Carta Mundial de la Naturaleza, proclamada por la misma organización en 1982, concentran el núcleo duro de debates filosóficos, jurídicos y científicos que impulsaron un verdadero desarrollo del derecho ambiental en el ámbito internacional así como también en cada uno de los países del globo.