En este trabajo se propone analizar la responsabilidad de los ingenieros agrónomos a partir del deber de prescribir fitosanitarios y de asesorar en las etapas de expendio y aplicación de acuerdo a la legislación de agroquímicos vigente vinculándola con las prescripciones del nuevo Código Civil y Comercial unificado porque se advierten dificultades para la convivencia armónica entre la naturaleza, la producción y el interés social, más, va tornándose frecuentemente conflictiva. La aplicación de fitosanitarios como hecho fáctico, se constituye en estos días como una problemática en las zonas dedicadas a la producción agrícola, particularmente en los lugares próximos a las poblaciones, y en la provincia suelen presentarse cuestionamientos sobre aplicaciones realizadas en las zonas rurales próximas a establecimientos educativos.