El 28 de diciembre de 2007, entró en vigor en España la Ley de la Memoria Histórica (Ley 52/2007), que reconoce y amplía derechos y establece medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la dictadura (BOE nº310, de 27 de diciembre de 2007). Los debates sobre la conveniencia y oportunidad de esta ley de reparación han estado presentes en todos los medios de comunicación españoles, sin embargo, su Disposición Adicional Séptima, a la par que pasaba casi inadvertida en España tuvo gran trascendencia en este lado del Atlántico, tal como reflejaron las noticias sobre interminables esperas que hijos y nietos de españoles protagonizaron a las puertas de los consulados.
La mencionada disposición transitoria permitió solicitar la nacionalidad española de origen a “las personas cuyo padre o madre hubiese sido originariamente español y a los nietos de quienes perdieron o tuvieron que renunciar a la nacionalidad española como consecuencia del exilio”. Juntando así dos grandes agujeros negros de la Historia de España, esto es, la emigración económica y el exilio, consecuencias inevitables del hambre y de la guerra.