La intersección mujeres, jurisdicción y trabajo trae consigo una serie de problemáticas que se dan hacia el interior de un campo determinado, que a la vez está inmerso en la totalidad de un espacio social y por ende se encuentra en constante intercambio con otros campos sociales (Bourdieu, 2000).
En esta línea surge la inquietud de explorar ¿cómo "dicen el derecho" contenido en la CEDAW los jueces al momento de considerar un conflicto de intereses dentro del ámbito del derecho laboral en cuál se ve afectada la integridad e igualdad de la mujer?