El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, incorpora normas de prelación normativa en varios capítulos del mencionado cuerpo legal. En relación a la prelación normativa respecto de las personas jurídicas, el artículo 150 CCCN nos trae una novedad muy importante en esta cuestión, relativa a la aplicación de las fuentes del derecho, aplicado a las personas jurídicas en general y a todas ellas en particular.