Las obligaciones de dar sumas de dinero revisten fundamental importancia en la vida de las obligaciones, ya sea como contraprestación o como objeto de reparación de daño, siendo inevitable la necesidad de le regulación legal del interéscomo accesorios de este, ya sea en cuanto a la clasificación o su modo de devengarlos.
Este trabajo apunta fundamentalmente no solo a determinar si según sus clases, son procedentes o no en un caso concreto, sino también a resolver los inconvenientes o dudas que se presentan, al momento de devengarlos respecto de la forma de practicar de su cálculo. Es decir, se tratara de responder los interrogantes que nacen a la hora de elaborar una planilla para liquidarlos. En algunos aspectos las diferentes respuestas a esos interrogantes, son claras en la norma legal, en otras obvias, pero existen situaciones en la cual, dichas respuestas pueden dar lugar a posiciones encontradas.- El objetivo es dar solución a esas dudas, me apresuro a advertir que más que nada las mismas se presentan en el método de cuantificación de los intereses, si bien el Código Civil Y Comercial sienta parámetros generales, los especifico también en una ecuación matemática son los que modifican la cuantificación final.
La legislación sobre intereses, en idéntica finalidad con el objetivo de esta obra, es realizada no solo para perseguir al deudor morososino para protegerlo, no solo para otorgar derechos al aspecto activo del vínculo obligacional, sino también para evitar abusos en la utilización de métodos de cuantificación,provenientes del acreedor más creativo.-