Si bien el cuidado del cuerpo no está instituido en el ser ni es un principio fundante, es posible pensar que la constitución no se da en su desarrollo sino en sus relaciones, en las acciones, en sus usos como en sus prácticas. Pudiendo ser considerado desde su propia disciplina y adquiriendo una trascendencia más allá de lo meramente físico cuando se lo interpreta no solo como mantenimiento de la salud sino como requisito que lleva a preservar la integridad de las personas. Desde esa perspectiva las practicas responden a acciones de carácter preventivo.
La ponencia propone analizar la historia de los Centros de Educación Física (C.E.F.) dependientes de la Dirección de Educación Física de la Provincia de Buenos Aires durante el periodo 1979 – 1983 focalizándose en las distintas obligaciones de cuidado del cuerpo.
En esa dirección, se procura compartir esta ponencia por un lado el surgimiento de los mismos y por otro lado el marco normativo respecto al funcionamiento institucional.