En los últimos quince años hemos asistido a varias modificaciones en los marcos normativos de nuestro país1 que conforman un corpus que expresa debates, experiencias militantes y políticas que consolidan un amplio marco en materia de derechos sexuales, reproductivos y no reproductivos. Sin embargo, el aborto en Argentina sigue siendo penalizado, salvo en dos causales explicitadas en el Artículo 86 del CPN2.
En el año 2015 se publica el Protocolo de Interrupción Legal del Embarazo (ILE) del Ministerio de Salud de la Nación, en el que se incorporan normativas vigentes en nuestro país: se hablara de “personas con posibilidad de gestar un embarazo”, aplicando las modificaciones incluidas en la Ley de Identidad de Género, el principio de autonomía referida a los derechos sexuales y reproductivos de las personas con discapacidad y el concepto de salud definido por la OMS como el “completo estado de bienestar físico, psíquico y social, y no solamente la ausencia de enfermedades o afecciones”. Estas modificaciones y la incorporación del misoprostol y del AMEU (Aspirado Manual Endouterino) como los dos métodos más seguros avalados por la OMS para interrumpir gestaciones no deseadas, ampliarán el terreno sobre el cual actualmente diversos colectivos de lesbianas y feministas se sostienen para llevar adelante dispositivos de acompañamiento en ILE.