La sanción de la Ley 1420 de Educación Común en el año 1884, que prescribe educación básica obligatoria, gratuita y neutralmente religiosa representó un indicio de la voluntad educadora del Estado Argentino y en su artículo 14 reconoce a los “ejercicios físicos” como parte de los contenidos mínimos de la instrucción básica. “…Las clases diarias de las escuelas públicas serán alternadas con intérvalos de descanso, ejercicios físicos y canto” (Art.14 Ley 1420).
Con la promulgación de esta Ley – de naturaleza higienista y nacionalista- comienza a tomar forma una preocupación sobre los propósitos o finalidades de la educación en un modelo de país en desarrollo y con una población de inmigrantes en incesante crecimiento.